POR LA DEMOCRACIA DOMINICANA

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Rescatemos sus instituciones

domingo, 5 de octubre de 2008

DESDE ULTRAMAR

NACIONALES Y CIUDADANOS DE SEGUNDA Y TERCERA

Por Manuel Nin Matos
ninmanuel@hotmail.com

En las dos ultimas elecciones nacionales el Partido de la Liberación Dominicana –PLD- ha recibido el respaldo mayoritario de los dominicanos votantes del exterior a tal punto que en algunos lugares han ridiculizado a los dirigentes de lo demas partidos contendientes; pero ¿estan el Presidente Fernandez y su partido respondiendo a ese apoyo mayoritario?.

Solo el que no conoce la politica dominicana desde adentro cree que el Gobierno Dominicano aprecia lo que representan los ciudadanos dominicanos de ultramar; pero si usted estudia minuciosamente las actuaciones del gobierno se dara cuenta que una cosa dicen los peledeistas y otra muy diferente es la que hacen. La retorica y la publicidad hacia el exterior son falsas

Para los desmemoriados fue el PRD con Jose Francisco Peña Gomez a la cabeza, quien se preocupo en las modificaciones constitucionales de 1994, luego del fraude electoral de que fue objeto el candidato perredeista, de que el congreso nos otorgara el voto en el exterior; es decir que se reconociera que nuestra ciudadania existia y tiene “igualdad ante la ley” no importa hubiese tierra por medio.

¿Habremos cometido algun pecado en procurar cambiar la vida de nuestras familias al emigrar?, ¿El enviar 3 mil millones de dollares (100 mil millones de pesos) anuales a las arcas nacionales constituye una afrenta a las instituciones nacionales?; ¿Visitar en masas nuestras provincias cada diciembre, dias de las madres, semana santa, 27 de febrero, etc. Llevando cuanto podemos y inyectando otros tantos millones a nuestra economia constituye un peligro para nuestra seguridad nacional?.

Me gustaria que los juristas y politicos que trabajaron la pieza que modificaria la constitucion me digan ¿en que se basaron para tratar a los dominicanos 100% (nacidos en republica dominicana) y que residen en el exterior, como dominicanos de segunda categoria? En estos tiempos de “abajos las fronteras” y “ciudadanos del mundo”.

Sera que los representantes, Senadores y Diputados, que proponen para el exterior en el proyecto de marras serian tambien elegidos desde el pais, solo asi se justifica que se hable de ser “residentes legales” los posibles candidatos del exterior segmentando la poblacion mayoritaria: Los indocumentados (dominicanos que no existiran para la constitucion) y los de doble ciudadania que seran relegados a medios dominicanos.

Son estos segmentos relegasdos los que en su mayoria han creado un largo y profundo liderazgo en los segmentos poblacionales dominicanos del exterior; por lo que sin dudas tienen el derecho y las condiciones para hacer una representacion legislativa real de los dominicanos de ultramar.

Ese articulo 18 del proyecto constitucional sometido por el señor Presidente al congreso coarta el derecho que tenemos los dominicanos nacidos en el territorio nacional a ejercer nuestra “igualdad ante la ley” y el derecho a “elegir y ser elegidos” es decir a ser ciudadanos de pleno derecho.

Ciudadania que segun dicho proyecto y la constitucion solo se pierde en caso de: “Artículo 21. Los derechos de ciudadanía se pierden por condenación irrevocable por traición, espionaje o conspiración contra la República, o por tomar las armas, prestar ayuda o participar en cualquier atentado o daño deliberado contra sus intereses.” ¿Cual de estas nos toca?.


De aprobarse el proyecto constitucional sometido por el Presidente al congreso, todos los dominicanos de ultrmar (peledeistas, perredeistas, reformistas, etc.) no seremos dominicanos mas que para depositar remesas, pagar impuestos y parecernos a lo de alla en el gusto al mangu, el beisbol y el merengue.

Pero a la hora de aspirar a ser senador, diputado, Presidente y Vice-presidente debemos mirar de las gradas; quieren hacernos sentir que estamos fuera y que afuera nos quedaremos para siempre. ¿Sera asi en todo, nos excluyen sin darnos cuenta?.

Modificaciones propuestas por el Presidente a algunos articulos:

Artículo 18. Se reconoce a las dominicanas y los dominicanos la facultad de adquirir una nacionalidad extranjera. La adquisición de otra nacionalidad no implica la pérdida de la nacionalidad dominicana.

1) Las dominicanas y los dominicanos que adquieran otra nacionalidad por acto voluntario no podrán optar por la Presidencia o Vicepresidencia de la República. Podrán ocupar otros cargos electivos o ministeriales, o de representación diplomática del país en el exterior y en los organismos internacionales, si renunciaren a la nacionalidad extranjera por lo menos un año antes de la elección o al momento de su designación.

2) Los hijos de padre o madre dominicanos que hayan adquirido otra nacionalidad por el lugar de nacimiento, podrán optar por la Presidencia o la Vicepresidencia de la República, previa renuncia a la nacionalidad adquirida y residir en el país, por lo menos, cinco años antes de la fecha de la postulación al cargo a que aspira.

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